Autoría: Laura Ibáñez Castejón
Fecha: Miércoles, 09 de setiembre de 2026

Población de Choropampa afectada por el derrame de mercurio ocurrido hace 26 años solicita la intervención de la Misión Técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en el Perú. Entre las principales demandas que contiene dicha solicitud, se encuentra la implementación de un programa integral de salud y la garantía del cumplimiento de indemnizaciones ya reconocidas en sentencia firme.
Además, la población busca la difusión de su caso a nivel internacional, la participación de la Misión de la OACNUDH como amicus curiae (es decir, su participación como tercero para aportar argumentos y opiniones especializadas durante el proceso judicial) y como veedora y la aplicación de estándares internacionales de reparación.
Así, tal como se expresa en la solicitud, “la población de Choropampa espera que la Oficina del Alto Comisionado contribuya, en el ámbito de su mandato, a que el Estado peruano asuma plenamente sus obligaciones de protección y reparación”.
Antecedentes del caso
Han pasado 26 años desde que la población choropampina vivió los sucesos vinculados al derrame de mercurio. Así, el 02 de junio del 2000, un camión de la empresa RANSA, contratado por minera Yanacocha, derramó 151 kilos de mercurio metálico a lo largo de la carretera que atraviesa el distrito de San Juan, el Centro Poblado Menor de San Sebastián de Choropampa y el distrito de Magdalena en dirección a Lima.
Las y los habitantes de Choropampa fueron los más perjudicados. De acuerdo con reportes de la Defensoría del Pueblo (Informe Defensorial N.º 62) y de la Comisión Independiente de la Oficina del Ombudsman y Asesor en Materia de Observancia (CAO) de la Corporación Financiera Internacional, más de 700 personas presentaron intoxicación aguda. Además, un número significativo de ellas registraron niveles de mercurio en sangre u orina muy superiores a los límites recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Aunque han trascurrido más de dos décadas del incidente, la población continúa reportando graves afectaciones a su salud tales como dolores articulares y óseos crónicos, cefaleas, gastritis, pérdida de visión, etc. Perciben un incremento de casos de lupus y cáncer, además de otras enfermedades posiblemente vinculadas a la exposición del mercurio.
Sin embargo, tal como indica la solicitud que ahora se presenta a la Misión de la OACNUDH: “A la fecha, aún no existe un registro oficial actualizado y exhaustivo de personas afectadas ni de fallecimientos atribuibles [a la exposición al mercurio], ni un programa público de atención integral de salud”.

Foto: Leslie Searles
Una reparación que no llega
Las choropampinas y los choropampinos no han parado en su búsqueda de justicia y reparación. Su principal demanda ha sido dotar el establecimiento de salud local con especialistas y medicinas adecuados para tratar sus dolencias. De igual modo, han solicitado la continuidad de la cobertura del seguro Pacífico y la disponibilidad de una ambulancia debidamente equipada.
Sin embargo, lejos de cumplirse tales demandas, la población señala que la cobertura médica se ha reducido progresivamente desde el año 2003.
Esta situación de desprotección se vincula con la respuesta adoptada por el Gobierno de Alberto Fujimori en el año 2000, caracterizada por la minimización de los riesgos, mensajes que señalaban que “el mercurio sale solo” del cuerpo y la suscripción de acuerdos extrajudiciales entre la empresa minera y las personas afectadas con cláusulas de confidencialidad. El compromiso anunciado de “investigación, sanción y reparación” nunca ha llegado a concretarse mediante un programa estatal integral de salud.
Es por ello que la solicitud dirigida a la Misión de la OACNUDH especifica que “la ausencia de un plan de contingencia adecuado, la información deficiente a la población y la falta de reparación integral configuran un escenario en el que el Estado debe reforzar su rol de protección y garantizar acceso a reparación conforme a estándares internacionales (restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición)”.
Últimos avances judiciales
En dos procesos judiciales considerados emblemáticos, el Poder Judicial ordenó el pago solidario de indemnizaciones económicas a las empresas involucradas. Para la familia Guarníz Chuquiruna, se establecieron montos de S/ 20 000 y S/ 30 000 por concepto de daño a la persona y daño moral, respectivamente (Expediente N.º 01812-2009). Asimismo, para la familia Sánchez Arana se estableció un monto total de S/ 95 000 por daño moral y daño a la salud (Expediente N.º 01652-2009)
Por su parte, la Corte Suprema declaró improcedentes los recursos de casación presentados por las empresas involucradas en enero de 2026. Ahora, la población solicita a la Misión de la OACNUDH que el Poder Judicial “garantice el cumplimiento estricto y oportuno” de las indemnizaciones.