Olga Bobadilla, fiscal a cargo del caso reconoce que hubo uso excesivo de la fuerza por parte de la PNP, pero solicita aplicación de ley que favorece a criminales y por la cual víctimas que fueron heridas gravemente no hallarían justicia.

Contingente policial en las Lagunas de Conga durante protestas contra proyecto minero.
Contingente policial en las Lagunas de Conga durante protestas contra proyecto minero.

Redacción: Grufides

08 de mayo de 2025

El juicio contra los altos mandos policiales implicados en la masacre ocurrida en el año 2011 en Bambamarca, durante las protestas sociales contra el proyecto minero Conga, corre el riesgo de archivarse tras catorce años de proceso judicial.

En aquel hecho, la PNP (Policía Nacional del Perú) utilizando armas de guerra como fusiles AKM, disparó directamente contra manifestantes desarmados, dejando a una veintena de personas gravemente heridas, entre ellas, Elmer Campos, quien recibió un disparo en la columna vertebral que lo dejó con una paraplejia permanente.

La prolongada duración del juicio se debió a la complejidad del caso y a las reiteradas maniobras legales de la empresa Minera Yanacocha para ser excluida del proceso, a pesar de estar comprendida como parte responsable de los hechos.

El juicio había entrado finalmente a su etapa final con los alegatos de clausura. Sin embargo, causó sorpresa que el Ministerio Público, representado por la fiscal Olga Bobadilla Terán, solicitara la aplicación de la denominada Ley Soto, para argumentar la prescripción del caso y por ende el archivamiento. Esta medida podría dejar impune un caso emblemático por la gravedad de los hechos, ya que se trató de una represión violenta y sin justificación contra defensores del del agua y el medio ambiente, que ejercían su derecho a la protesta.

En un alegato de apenas nueve minutos, la Fiscalía renunció a su deber de perseguir el delito, y a aunque admitió el uso excesivo de la fuerza por parte de la PNP contra civiles desarmados, la omisión de funciones de los altos jefes policiales y las graves lesiones permanentes sufridas por nueve personas; alegó que corresponde declarar la prescripción del caso, ignorando un Acuerdo Plenario de la Corte Suprema que recomienda no aplicar dicha ley que es inconstitucional y que solo favorece a grandes criminales.

Juez deberá decidir si acata Acuerdo Plenario o aplica inconstitucional ley

La audiencia continuará el próximo martes 20 de mayo con los alegatos de los abogados defensores y será el juez José Luis Morales Boñón, del Juzgado Penal Unipersonal de Celendín quien, para emitir fallo en los días siguientes a la diligencia judicial, deberá decidir si aplica una ley con nombre propio que abiertamente favorece al crimen, o si ampara derechos fundamentales como el derecho a la protesta y el acceso a la justicia.