Publicado por el Diario La Nación
CÓRDOBA.- El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) puso hoy fin al debate sobre la legalidad de la minería a cielo abierto. Declaró "constitucional" la prohibición de la actividad que fue dispuesta por una ley provincial en 2008. Para los jueces la norma fue dictada "dentro de las competencias propias" de la Provincia en materia ambiental y es "complementaria" a las nacionales.
La ley cordobesa prohíbe la explotación minera a gran escala de sustancias metalíferas y radiactivas a cielo abierto con el proceso de lixiviación con cianuro, mercurio u otras sustancias tóxicas. Un año después de promulgada, la Cámara Empresaria Minera de Córdoba y la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear pidieron que la ley se declarara inconstitucional.
Para el TSJ la legislación busca "amparar un uso razonable del agua" y mantener en niveles "aceptables los efectos contaminantes de determinadas y puntuales actividades, prácticas y procesos mineros". En esa línea citó trabajos de investigación respecto de que "ninguna actividad industrial es tan agresiva al ambiente como la minería metalífera a cielo abierto".
PROTECCIÓN DEL AGUA
El fallo acentúa que una "columna vertebral" de la ley es la protección del agua, considerada "patrimonio natural por tratarse de un bien único e irremplazable que concierne a la humanidad toda y que requiere instrumentos de protección de naturaleza jurídica". En ese contexto, insistieron en que el consumo de agua en procesos extractivos es "altísimo".
En la sentencia hay mención a dos casos claves en Córdoba, el de la planta de procesamiento de uranio en la mina Schlagintweit (Los Gigantes) y a los residuos de la fábrica de dióxido de uranio operada en un barrio de la ciudad por la empresa Dioxitek y un equipo de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) de geología, que se clausuró hace unos meses.
Para los magistrados, por esos antecedentes, hay "sobrados argumentos para justificar la preocupación del legislador en proveer o dotar a la Provincia de un adecuado marco legal regulatorio de la política ambiental que debe respetarse por sobre cualquier otra clase de derechos"..
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