Jueves 23 de diciembre 2021
Redactado por: Pablo Ricardo Abdo
Por medio del DS N° 037-2021-MINAM, refrendado por el presidente de la república, la PCM y diversos ministerios del poder ejecutivo, se aprobó el “plan multisectorial de intervención integral e integrada en favor de poblaciones expuestas a metales pesados, metaloides y otras sustancias tóxicas” para todo el país, que prevé un régimen presupuestal con lineamientos políticos de carácter inclusivo dirigido todas las regiones del Perú, entre ellas Cajamarca y una de sus localidades más afectadas, como lo fue el pueblo de “Choropampa”, afectada hace 21 años por el derrame de mercurio, que ocasionó de manera irresponsable la empresa de transporte minero Ramsa SA y Minera Yanacocha SRL.
1.- Antecedentes
Después de 21 años de aquel derrame de mercurio que afecto de manera permanente al pueblo de Choropampa, en donde un camión de la empresa de trasporte RANSA, contratada por Yanacocha SRL que trasladaba una carga de balones de mercurio desde Cajamarca hacia las regiones de la costa, dejó caer en la zona 150 kilogramos de mercurio (metal pesado de alto nivel de toxicidad). El mercurio se extendió a lo largo de 43 kilómetros por la carretera, comprometiendo en su afectación a tres poblados; uno el de San Juan, otro el de Magdalena, y finalmente el de Choropampa, que de hecho resultó ser el más perjudicado, debido a que es en este punto, en donde se produce el mayor foco de derramamiento de metal pesado.
De los antecedentes de este episodio, el “Poder Judicial de la Corte de Justicia de Cajamarca” ha decidido desconocer la responsabilidad de las empresas mencionadas y con ello su derecho a la reparación.
Por otro lado, “los gobiernos de turno” a lo largo de esta historia, pese a los informes y recomendaciones solicitadas desde la Defensoría del Pueblo, el MINSA, y la misma CPAAAAE en el congreso[1], aprovechando lo poco que se sabía del tema en ese entonces, no brindaron la debida atención política de Estado que merecen este tipo de realidades, desviándose de este modo, la adecuada asistencia que merecían todas estas personas intoxicadas por aquel metal líquido. Recordando estos antecedentes se había precisado en aquellos informes que el lugar era inhabitable y debido a la emergencia sanitaria, urgía una evacuación y reubicación inmediata de toda la población, amén de señalar la necesidad imperiosa de implementar una política sectorial integral de salud para personas afectadas por metales pesados, metaloides y otras sustancias toxicas en la zona influencia de aquel derrame. Frente a esta situación, amén del derecho a la reparación que asiste a todas estas familias afectadas, desde el GRUFIDES siempre hemos considerado necesario que el gobierno Estatal está en la obligación democrática y social de implementar una “política pública de salud” dirigida a todas estas familias, puesto que todas ellas, hoy son víctimas y merecen un tratamiento digno.
2.- De los afectados por metales pesados, metaloides y otras sustancias tóxicas a nivel nacional.
Ahora bien, al respecto, cabe decir que, a nivel nacional en todo el territorio del Perú, también existen otras poblaciones y personas, que amén de no gozar de un ambiente equilibrado y sano, las mismas han sido afectadas en su salud por causa metales pesados, metaloides y otras sustancias tóxicas, lo que de suyo tiene su causa de un extractivismo irresponsable, que se suma a la ausencia de políticas públicas que no se implementaron en su momento. Es por ello que al siniestro derrame de mercurio de Choropampa y sus poblaciones aledañas, podemos mencionar a las personas intoxicadas de Espinar en Cusco, la cuenca de Coata y Llallimayo en Puno, Cuninico y Loreto en la Amazonía (víctimas de los derrames de petróleo del Oleoducto Nor peruano), entre otras, que merecen el apoyo de todos los sectores y en todos los rincones del país.
Para esto, desde la sociedad civil y algunos sectores del Estado se ha venido trabajando con la “Plataforma de salud y afectados por metales pesados”, que en su seno alberga diversas instituciones de derechos humanos que además integramos la plataforma de la “Coordinadora Nacional de Derechos Humanos”, entre ellas, la nuestra que es el “Grupo de Formación e Intervención para el Desarrollo” (GRUFIDES). A través de ello, se a creado una Mesa Técnica de Salud Ambiental y Humana (MTSAH), que, por medio de sus comisiones, no ha cesado en trabajar esta problemática.
3.- El DS N° 037-2021-MINAM y el “plan multisectorial de intervención integral e integrada en favor de poblaciones expuestas a metales pesados, metaloides y otras sustancias tóxicas” para todo el país,
Este trabajo ha dado sus resultados, ya que por medio del DS N° 037-2021-MINAM, el mismo que ha sido refrendado por el presidente de la república (el Sr. Pedro Castillo Terrones), la PCM (a cargo de Mirtha Vasques Chuquilín) y diversos ministerios del poder ejecutivo, se aprobó el “plan multisectorial de intervención integral e integrada en favor de poblaciones expuestas a metales pesados, metaloides y otras sustancias tóxicas” el que de suyo comprende a todo el país.
De su lectura podemos observar que se prevé un régimen presupuestal con lineamientos políticos de carácter inclusivo, el mismo que se haya dirigido todas las regiones del Perú, lo que de suyo, nos permite mencionar en esta inclusión a Cajamarca y una de sus localidades más afectadas, como lo fue el pueblo de “Choropampa”, que hace 21 años no solo tuvo que ser víctima de un derrame de mercurio ocasionado por la minería irresponsable, sino también de una historia de gobiernos que ignoraron permanentemente esta realidad, que no solo era de este pueblo, sino de todos los rincones del país mencionados, entre otros, que también resultaron víctimas de afectaciones como estas.
Empero este decreto supremo implementa una esperanza para todas estas poblaciones puesto que normativiza lineamientos de políticas públicas ambientales y de salud multisectorial e integrada para las personas afectadas por metales pesados, metaloides y otras sustancias tóxicas. Lo que implica un deber de trabajo progresivo que comprende a todos los sectores de gobierno, así como la no discriminación de todas las regiones afectadas del país, que lo requieran, para lo cual el presupuesto no tiene que ser un problema, toda vez que su financiamiento es con cargo al presupuesto institucional disponible de las instituciones públicas involucradas o que se involucran en estos lineamientos.
Consecuentemente, desde GRUFIDES y como institución involucrada en le problemática de Choropampa, saludamos, a las organizaciones de la sociedad civil y al gobierno de turno que hizo posible este Decreto Supremo, que consideramos revindica los derechos fundamentales de aquellas personas afectadas en todo el país por causa de contaminación por metales pesados, que en rigor del derecho humano de “acceso a la salud y a un ambiente equilibrado y sano”, importa que el gobierno Estatal está en la obligación democrática y social de implementar estos lineamientos de “políticas públicas de salud” dirigida a todas estas familias, puesto que todas ellas, merecen un tratamiento digno.
Por otro lado, nos parece considerable, mencionar que la implementación de estos lineamientos, importa una política de acción, gestión y ejecución, de la que no dejaremos de estar vigilantes sobre su debido cumplimiento, puesto que estas normas, no son solo para el gobierno de turno, sino que deberán ser cumplidas por futuras generaciones de gobierno también.
[1] Informe Defensorial Nº 62° De 2001 Denominado “El Caso Del Derrame De Mercurio Que Afectó A Las Localidades De San Sebastián De Choropampa, Magdalena Y San Juan, En La Provincia De Cajamarca y el Informe del Caso Choropampa levantado por el CONGRESO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ a través de la COMISIÓN DE PUEBLOS ANDINOS, AMAZÓNICOS Y AFROPERUANOS, AMBIENTE Y ECOLOGÍA del año 2008.
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