Con controvertida pena pretenden encarcelar a Defensores del Río Marañón

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Ronderos de la comunidad de Quillamachay, distrito de Oxamarca, provincia de Celendín son acusados por un supuesto delito de Secuestro agravado.

La denuncia lo hace el señor Walter Vera Silva y tres personas más que admiten haber llegado el 20 de octubre del 2014 a la comunidad de Quillamachay, distrito de Oxamarca, lugar donde se pretende construir una represa para la hidroeléctrica Chadín II de la cuestionada empresa Odebrech, para verificar la compra grandes extensiones de terreno en el sector denominado ¨Las Cuevas¨. 

Intervención de los ronderos

Al encontrarse en Quillamachay, la ronda campesina en uso de sus funciones los intervino para indagar el motivo de su presencia en la zona y asegurarse que las tierras compradas no afectaran las propiedades de los miembros de la comunidad.

Esta acción no supuso más que invitarlos a participar de una Asamblea Ronderil que duró desde las 6 de la tarde hasta las 11 de la noche, y en la cual, incluso participaron dos miembros de la Policía Nacional del Perú. En dicho acto no hubo maltrato de ningún tipo.

Sin embargo, los citados denunciantes encabezados por Walter Vera decidieron acusar a los miembros de la ronda por delito de Secuestro Agravado, para lo cual, el Ministerio Público de Celendín, desconociendo por completo las atribuciones de las rondas campesinas y por supuesto su autoridad reconocida por la propia Constitución, decidieron formalizar juicio contra los mismos, pidiendo se les imponga la pena de Cadena Perpetua para solamente dos miembros de la ronda, Absalón Martos Velásquez y Nazario Chávez Tirado.

Contradicciones, inusual sentencia y controvertida pena

El el juicio oral desarrollado en Cajamarca ante el Juzgado Colegiado presidido por el Juez German Merino Vigo, se probó diversas inconsistencias de las afirmaciones de los ¨supuestos agraviados¨, quienes entraron en serias contradicciones.

El 25 de octubre terminó la última fase de este juicio y luego de los alegatos de los abogados, en un hecho bastante inusual, el colegiado decidió resolver la causa en un lapso de 10 minutos, al cabo de los cuales dictaron sentencia, condenando a los procesados a un año de pena privativa de libertad en calidad de efectiva.

Llama poderosamente la atención no solo la celeridad con que este colegiado resolvió este asunto, sino la pena que sin mayor fundamento se impuso, colocándola incluso en calidad de efectiva, cuando es sabido que la práctica jurisdiccional y por la normas establecidas en la ley, las penas menores a cuatro años son suspendidas. 

Recordemos que Hitler Rojas, un dirigente rondero de estas mismas zonas fue asesinado por oponerse al Proyecto de la Hidroeléctrica Chadín II, y su asesino sólo fue sentenciado en primera instancia a solo  5 años de cárcel, coincidentemente por este mismo colegiado. 

Violadores, homicidas, ladrones son dejados en libertad todos los días, sin embargo, autoridades comunales actuando en uso de sus funciones son condenados de manera arbitraria y abusiva en este caso.

Preocupa que estos jueces expresen en sus sentencias un desprecio total por la autoridad de la ronda campesina, desconozcan su funciones y sobre todo protejan a quienes están vinculados a los proyectos de inversión.

Las rondas campesinas de todo Cajamarca anuncian movilizaciones y respaldo a sus dirigentes y solicitan que este caso sea corregido por la superioridad judicial en Cajamarca.

 

 

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